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martes, 14 de junio de 2016

SANTA MARÍA LA MAYOR



Ese es el título, que en todos sus documentos oficiales, vemos unido a la Parroquia de Santa María del Prado, La MAYOR de esta ciudad. Y ese título, esa palabra, que llamó mi atención alguna vez, me hizo investigar, viniendo en conocimiento, que no se trata de un título caprichoso, no inmotivado, ni una coletilla de las que figuran en los documentos oficiales, como nacidos u obtenidos por generación espontánea. Ha sido objeto de un ruidoso pleito en la antigüedad, de un rebuscamiento y adución de pruebas con toda riqueza por parte de la Parroquia de Santa María del Prado, y en sus archivos y Cancillería obrará la ejecutoria de su grandeza, que en este caso bien puede llamarse más que grandeza MAYORIA.

La tradición nos habla que la Reina Doña Berenguela y su hijo el Santo Rey Don Fernando, mandaron que esta “Santísima Ermita se llamase Santa María del Prado, y que fuese parroquial, y en ella oviese administración de sacramentos” pero es de creer y así debió de ser alégala y aprobata en el antes aludido pleito, que gozase de dicha autoridad parroquial con administración de Sacramentos, cual prescribía el derecho canónigo entonces vigente, desde antes del tiempo de citados reyes, puesto que San Fernando visitó en esta población a la imagen  de Nuestra Señora del Prado en el año 1242 y la aparición de dicha imagen a los moradores de Pozuelo Seco de Don Gil, data según la historia, del año 1088. Y en ese lapso de más de un siglo, es presumible, como antes digo, que tuviese la iglesia en cuestión honores de parroquia.

La de San Pedro Apóstol, la disputó sin embargo esa mayoría unas veces, y otras sentado hipótesis inexactas, se limita a negar la mayoría a la de Santa María del Prado, sosteniendo la tesis de que ninguna de las tres parroquias actuales de Ciudad Real tiene razón de primera, porque fueron fundadas al mismo tiempo.

Con motivo de un acuerdo del cabildo de esta capital, por el que era costumbre que la procesión del Corpus se interrumpiera en su carrera, y se detuviese en la iglesia de San Pedro, para que en ella se celebrase una misa solemnísima, costumbre que aparte de ser anticanónica, debía resultar interminable.

Desde muy antiguo se reclamó contra la costumbre dicha, resolviéndose en contrario de tal costumbre por un breve de Urbano VIII dado en Roma a 4 de abril de 1629, cuya ejecución, al decir de un ilustre escritor manchego, frustraron en adelante los amaños cabi deros y su preponderancia.

 
Archivo López de la Franca

Decidió el asunto la sentencia dada en Roma, Palacio de la Gran Curia Inocenciana, en el monte citado, a 7 de septiembre de 1743, en la que se obliga al cumplimiento del breve de Urbano VIII, más de cien años después de su fecha. Y esta sentencia bajo el testimonio de cuatro escribanos, fue notificada con intimación al cabildo en 2 de mayo de 1744, por ante el escribano José Manuel del Campo, lo cual dejó las cosas en su verdadero estado por algún tiempo, puesto que en ella atendiendo justos pedimentos de la venerable y MAYOR iglesia de clero de Santa María del Prado singular señora y protectora del pueblo de Ciudad Real, y restauradora de los dos reinos de Castilla, se mandó observar el breve y más, previo apartamiento de las cosas últimamente decididas.

Pasó el tiempo, y entablada la contienda nuevamente por la Parroquia de San Pedro, alegando que en la sentencia que acabamos de citar no se decide directa y concretamente la cuestión de la antigüedad y mayoría de la de Santa María, repitiéndose las alegaciones y probanzas, quedando resuelto el asunto por sentencia del Vicario Juez eclesiástico de Ciudad Real declarando la antigüedad y mayoría de dicha parroquia, y de la que apeló la de San Pedro, al Consejo de la gobernación de Toledo, sin que después de formulada la apelación, la haya perseguido, y en su virtud dándose por abandonada o desistida la referida apelación, quedó firme la sentencia del inferior, continuando en su virtud la de Santa María gozando de sus prerrogativas, que fueron confirmadas y mandadas reconocer, por autor del Real Consejo y Real previsión de 25 de octubre de 1832.

Esos son los fundamentos sólidos en cuya virtud ostenta el título de LA MAYOR DE ESTA CIUDAD, la Parroquia de Santa María del Prado, singular señora y protectora del pueblo de Ciudad Real, y restauradora de los dos Reinos de Castilla.

Leutfrido Barragán. Diario “Vida Manchega”, 12 de agosto de 1922


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